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La AFIP extendió el plazo para presentar las deducciones de Ganancias

El trabajador tendrá tiempo hasta el 31 de marzo para cargar el Formulario 572, Siradig.



La Administración Federal de Ingresos Públicos extendió del 31 de enero al 31 de marzo de 2017 el plazo para que los trabajadores que en 2016 hayan tenido ingresos brutos en relación de dependencia superiores a 0.000 (hasta enero pasado era a partir de 0.000), presenten el Formulario 572, Siradig (Sistema de Registro de Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias).

Además, el organismo que dirige Alberto Abad decidió establecer una fecha de vencimiento especial para la presentación de la Declaración Jurada y Pago del saldo de Ganancias y Bienes Personales de las personas físicas en general del 30 de junio de 2017, cuando tradicionalmente ocurría en los meses de abril y mayo. El propósito es "facilitar el aterrizaje de quienes adhieran al blanqueo hasta el 31 de marzo próximo", explicó, el administrador General.

¿Qué es el Formulario 572 WEB?

Es un Servicio Web que le permite al trabajador informar datos de los conceptos que pretenda deducir en el régimen de retención del Impuesto a las Ganancias, las percepciones que le hubieren practicado, así como también informar otros ingresos obtenidos en caso de pluriempleo.
Esta información es remitida electrónicamente al empleador a fin de proveerle de los datos necesarios a efectos de realizar las retenciones que correspondan.

Se trata de un requisito clave para los trabajadores en relación de dependencia con ingresos brutos por mes superiores a .000 en el caso de quienes sean titulares o cabeza de una familia tipo a cargo, esposa y dos hijos menores de 18 años; o de un soltero con una remuneración habitual de más de .000, para que disminuyan el impacto de la retención del Impuesto a las Ganancias.

¿Cómo se accede?

El trabajador deberá ingresar al sitio del organismo recaudador: www.afip.gob.ar , con su CUIT/CUIL/CDI y clave fiscal, y a continuación se desplegará el listado de sistemas que tiene habilitados.

En caso de no estar habilitado el servicio "Siradig - Trabajador", la AFIP especifica que el trabajador deberá dar de alta ingresando al "Administrador de Relaciones de Clave Fiscal". Su clave fiscal deberá tener como mínimo nivel de seguridad 2 o superior. Al ingresar al micrositio de Clave Fiscal podrá encontrar disponibles las instrucciones correspondientes a efectos de obtener la clave fiscal o elevar el nivel de seguridad de la misma.

¿Quiénes deben utilizar el servicio?

Para el período 2016 sigue rigiendo la obligación para aquellos empleados que cumplan con alguno de estos requisitos:

1. Su remuneración bruta, o las rentas obtenidas -en el caso de los actores- correspondientes al año calendario inmediato anterior al que se declara, sea igual o superior a 0.000.

2. El empleador -por razones administrativas- así lo determine.

3. A partir del período fiscal 2017, con presentación hasta el 31 de enero del año siguiente, la obligación de utilizar el servicio Siradig - Trabajador para la presentación del F-572 regirá para todos los empleados.

Fuente: www.infobae.com
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