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El juez Garzón aceptó como amicus curiae a la referente de dos asociaciones civiles

Es una decisión novedosa por una presentación de Estela Ruth Gómez, presidenta de "Ñande Roga Guazú" e integrante del Instituto de las Hermanas de la Misericordia



En el marco de la causa que investiga la violación y posterior homicidio de la joven Cintia Morán, el juez de Instrucción y Correccional Nº 2 de Clorinda, Santos Gabriel Garzón, aceptó la participación en el proceso en calidad de amicus curiae de la señora Estela Ruth Gómez, integrante del Instituto de las Hermanas de la Misericordia de las Américas, y presidenta de la Asociación Civil "Ñande Roga Guazú".

Se trata de una decisión novedosa porque no hay ningún antecedente en nuestra provincia. En la práctica, el juez Garzón va a comunicar a la señora Gómez las distintas medidas que va tomando durante su investigación, mientras que la dirigente social sólo podrá hacer aportes sobre la temática que se debate en el caso (femicidio y abuso sexual).

Si bien este instituto no está previsto en la legislación provincial ni en Acordada del STJ, el juez Garzón decidió aceptar el pedido teniendo en cuenta que esta figura se encuentra sustentada en el artículo 72 inciso 22 de la Constitución Nacional, en el Reglamento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (62.3) y ha sido expresamente autorizada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en los artículos 44 y 48 de la Convención Americana.

Además de los tratados internacionales mencionados, el magistrado señala en su resolución que la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la Acordada 07/2013 fijó los parámetros para la admisión del amicus curiae, los cuales son los siguientes: que se trate de una persona física o jurídica que no fuese parte del pleito, que se debata una cuestión de trascendencia colectiva o de interés general, que la parte funde su interés en participar de la causa, que expresa a que parte apoya en la defensa de sus derechos, si ha recibido de ellas financiamiento o ayuda económica de cualquier especie, o asesoramiento en cuanto a los fundamentos de la presentación y si del resultado del proceso le representará beneficios patrimoniales.

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